lunes, 24 de marzo de 2014

Los Derechos Fundamentales

CONCEPTO Y EVOLUCIÓN


Cuando hablamos de derechos humanos nos referimos a dos ideas fundamentales. La primera de ellas nos dice que, estos derechos, son los que buscan la defensa de la dignidad humana y, la segunda, que son los que ponen límites al poder del Estado.
El concepto que tenemos en la actualidad de los derechos humanos proviene del siglo XVII tras las revoluciones americana y francesa.
En la Revolución Francesa nacieron los conocidos como “derechos de la primera generación”, estos son, los derechos formales: derechos civiles y derechos políticos como la libertad de expresión o el derecho de voto. Con la llegada del siglo XX surgió la necesidad de añadir a los derechos formales otros derechos económicos, sociales y culturales debido al movimiento obrero y la aparición de partidos socialistas. Algunos de estos derechos son el derecho al trabajo, al alimento o a la educación y conforman la “segunda generación de derechos humanos”, apoyada por las revoluciones rusa y mexicana.
La Libertad guiando al puebloEugène Delacroix (1830).
La nueva generación de derechos contará con la novedad de reivindicar la intervención del Estado para proteger y garantizar tales derechos, como el acceso a la salud, la vivienda, la educación, trabajo, seguridad social…
Cabe destacar que estas dos categorías o tipos de derechos no son autónomos sino que una y otra están íntimamente relacionadas: son indivisibles e interdependientes.
Siguiendo con la evolución de los derechos humanos, es a partir del año 1945, tras la II Guerra Mundial, cuando comienza la internacionalización de dichos derechos. Esto significa que no sólo se tratarán a nivel estatal sino que la comunidad internacional asumirá también competencias en el campo de los derechos fundamentales. En esta época fue muy importante la labor desempeñada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ya que elaboró la Carta de las Naciones Unidas en respuesta a las masacres de la recién acabada guerra y proclamaron su “fe en los derechos fundamentales”.
Después de discusiones políticas, finalmente, en 1948 fue aprobada la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la Asamblea General de las Naciones Unidas. El problema de esta Declaración residía en que era una simple recomendación para los estados sin obligación jurídica alguna. Con el fin de dar una solución se firmaron, en diciembre de 1966, dos pactos aún hoy vigentes: el “Pacto internacional de derechos civiles y políticos” y el “Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales”. Su entrada en vigor data del año 1976.
Además se observó que, debido a las grandes diferencias entre estados y comunidades, era más sencillo proteger los derechos si se trataban en esferas más reducidas, en temas más concretos (derechos de los niños, derechos de la mujer, prohibición de la tortura…). Por esto se crearon Convenciones protectoras de sectores específicos.
A partir de los años 70, en vista de las nuevas necesidades, surgió una “tercera generación de derechos” entre los que se encuentran el Derecho al Desarrollo, el Derecho a la Paz, el Derecho al Medio Ambiente, el Derecho a Beneficiarse del Patrimonio Común de la Humanidad o el Derecho a la Asistencia Humanitaria.
El surgimiento de estos nuevos derechos se debe, en gran medida, al proceso descolonizador de los años 60, el cual dejó al descubierto a los conocidos como “países en vías de desarrollo” y, también la creciente globalización que llama a una cooperación entre países para solucionar las nuevas complicaciones.
Pero esta tercera generación de derechos no está aún del too reconocida, pues los distintos estados discrepan sobre los derechos que la conforman. Sólo están realmente reconocidos por la ONU, lo que nos vuelve a llevar hasta el problema de su valor jurídico.
Debido a que la mayoría de los estados son reacios al reconocimiento de los derechos de la tercera generación son considerados derechos humanos “statu nascendi”, es decir, en formación.

En la actualidad, los derechos humanos buscan una comprensión por parte de todos y la consecución de una concepción universal sin diferencias entre países, sociedades, ideologías, etc.

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